Foto captura de pantalla tsj.gov.ve La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del Decreto N.º 5.414, mediante el cual la presidenta encargada de la República, Delcy Rodríguez, dictó el Estado de Emergencia Económica en todo el territorio nacional. La medida, oficializada mediante la sentencia N.° 824 con fecha 11 de agosto de 2026, convalida la norma publicada previamente en la Gaceta Oficial N.° 7.066 Extraordinario del 8 de agosto de 2026. A pesar de que el texto íntegro no se encuentra publicado en la Gaceta Oficial, la sentencia N.° 824 ya se encuentra disponible para su lectura en la sección de Sentencias Extraordinarias del portal web oficial de la Sala Constitucional del TSJ, documento que diversos abogados y economistas han comenzado a divulgar y analizar a través de sus redes sociales. La aprobación de este nuevo decreto prolonga una dinámica de régimen de excepción que se mantiene de forma ininterrumpida. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece de forma taxativa en su artículo 338 que el Estado de Emergencia Económica tendrá una duración máxima de 60 días, con la posibilidad de una sola prórroga por un lapso equivalente (120 días continuos en total). Sin embargo, el Decreto N.º 5.414 se constituye como el quinto decreto dictado de forma independiente desde abril de 2025, habiendo sido prorrogados los cuatro anteriores. Esta cadena de renovaciones implica que Venezuela acumula cerca de un año y medio bajo estado de excepción continuo, lo que supera en cinco veces el límite temporal máximo permitido por la Carta Magna. Post Views: 1
Fuente: El Informador — Ver nota original
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